Si van a fiscalizar a los contribuyentes que  no pudieron pagar sus impuestos  por desconocimiento o por problemas de liquidez o  evasores que  merecen ser evaluados y darle la oportunidad de corregirse,  tanto así que van a perjudicar las operaciones comerciales de los involucrados en las listas negras.

 

       Porque entonces no dan a conocer las listas negras de los políticos, y funcionarios públicos corruptos, que realizan operaciones fraudulentas, que no realizan sus trabajos para los que votaron por ellos, y se quedan con los recursos públicos para beneficios propios y de sus familias.

 

    Que todos los mexicanos  sepan quienes nos están gobernando, para que el próximo periodo de votaciones los mexicanos pensemos y razonemos  nuestro voto,  mediante una cultura de  civismo que se difunda en los medios electrónicos, televisivos, prensa, para saber elegir a nuestros futuros gobernantes.

 

Transcribo este artículo visto en El financiero que me llamo la atención:

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el procedimiento a seguir por los contribuyentes que soliciten aclarar su situación fiscal para salir de la lista negra de incumplidos del fisco.

 

 

 

 En el Proyecto de Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2014, el SAT establece que las personas que aporten pruebas a su favor podrán ser excluidos en un lapso de 15 días de la relación que hará pública a partir de enero.

 

 

En el Código Fiscal de la Federación (CFF) 2014, se establece que aparecerá en el portal del SAT el nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de quienes tengan a su cargo créditos fiscales firmes o determinados; que siendo exigibles, tales créditos no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por el CFF; y que estando inscritos ante el RFC se encuentren como contribuyentes no localizados. También aquellos en quienes haya recaído sentencia condenatoria ejecutoria respecto a la comisión de un delito fiscal; que tengan a su cargo créditos fiscales que hayan sido afectados en los términos de lo dispuesto por el Artículo 146-A del CFF, y que se les hubiera condonado por algún crédito fiscal.

 

 

En el proyecto de RMF 2014, que en breve se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el SAT reiteró que los contribuyentes inconformes podrán solicitar una aclaración, siguiendo el proceso siguiente:

 

 

 

  • Tendrán la posibilidad de aportar las pruebas que a su derecho convenga y deberán señalar una dirección electrónica de contacto.

 

 

  • La solicitud de aclaración podrá ser presentada a través de la página de Internet del SAT, en la opción “Mi portal”, o personalmente en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC), previa cita, llamando al 01800 4636728 (INFOSAT).

 

 

  • El SAT resolverá en un plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente en que haya recibido la solicitud de aclaración.

 

 

  • Para que los interesados conozcan la resolución deberán ingresar a la página de Internet del SAT en la opción “Mi Portal”, su clave de RFC y contraseña generada a través de los desarrollos electrónicos de la página de Internet del SAT.

 

La regla I.1.2. de la RMF 2014, que contiene los detalles en general para que los contribuyentes cumplan adecuada y oportunamente con sus obligaciones fiscales, señala que cuando del análisis de la solicitud de aclaración y de la documentación anexada haya sido procedente, el SAT efectuará la eliminación de los datos del contribuyente de su página de Internet, la cual será reflejada en la siguiente actualización de datos hecha quincenalmente, sin perjuicio de la respuesta.

 

 

 

Visto en: http://www.elfinanciero.com.mx/secciones/finanzas/47832-facilitan-salida-de-lista-negra-del-sat.html

 

Agradecere me dejes tus comentarios me serviran para mejorar mis puntos de vista.

 

Ceci González

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