Los Contadores como Fiscalizadores de las Actividades Vulnerables

Como contador, siempre he considerado que el gremio contable colegiado, ha sido de  las carreras con más ética profesional, aunque por ahí hay algunas excepciones, pero en general nos consideran con responsabilidad y profesionalismo de gran relevancia, por nuestras constantes capacitaciones, además manejamos las áreas de la administración,  finanzas, Contabilidad,  fiscal, y ahora con esta revolución para enfocarse en la aplicación de una ley que fue publicada en el Diario Oficial desde el 17 de Octubre del 2012, y a la cual el SAT no le haya dado el interés adecuado  para  su perfeccionamiento y fiscalización,  porque ahora que cambiamos de gobierno se toma el interés que verdaderamente se tiene de esta ley,  me agrada mucho que estén confiando en el gremio contable para la operación, fiscalización y revisión de estas actividades vulnerables, lo comento por lo siguiente:

 

Resulta que la Administración Central de Asuntos  Jurídicos de Actividades Vulnerables de la  Administración General Jurídica del Servicio de Administración Tributaria ha girado una cascada de cartas invitaciones a través del buzón tributario a contadores independientes  y despachos de contadores que tienen como actividad  " Servicios de Contabilidad y Auditoría"   en su alta  del RFC ante el  SAT, con el fin  de que aclaren su situación jurídica, y en el caso de  que dentro de su cartera de clientes lleven alguno que realice actividades vulnerables mencionadas en el artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) , van a tener que darse de alta en el sistema del portal de internet que para tal fin tienen en el SAT,  con fundamento en los artículos 12 y 13 del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), y los Artículos 4, 5 y 6 de las Reglas de Carácter General, así como cumplir con tus obligaciones administrativas que indican la normatividad en cuestión.

 

Además se informa que el registro en el patrón de personas que realizan actividades vulnerables se deberá realizar en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero al que accederás a través de la liga: https://sppld.sat.gob.mx//pld/index.html  donde deberás capturar la información requerida y obtener el acuse electrónico con sello digital.

 

Tambien se te informa que de no atender esta invitación dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de haber sido notificada la presente carta invitación, el SAT podrá ejercer sus facultades de verificación de conformidad con la LFPIORPI y su reglamento, siendo preferente el cumplimiento voluntario de tus obligaciones para evitar posibles sanciones y molestias innecesarias.

 

Como es costumbre en el SAT, lanzan las cartas  invitación para que los contadores informen de sus operaciones y asi hacer un padrón vigente y nutrido de los que llevan operaciones vulnerables y puedan estar siendo monitoreados o visitados para una fiscalización de sus operaciones,  y  verificando que estén  cumpliendo en tiempo y forma con la normatividad de la LFPIORPI y la normatividad fiscal, que son leyes totalmente diferentes.  

 

El gremio contable será de gran transcendencia en la operación  de la LFPIORPI para robustecerla  e identificar al beneficiario final de las actividades vulnerables, mejorar los reportes y avisos  de operaciones sospechosas,  y una situación de gran relevancia brindar la orientación y capacitación adecuada a los sujetos obligados,  que servirán de gran apoyo a la Unidad de Inteligencia Financiera, para darle seguimiento a las operaciones de lavado de dinero u operaciones ilícitas,  además de los cruzamientos de información con los bancos e instituciones financieras,  actualmente el sector financiero ya está cumpliendo con lo que le corresponda, implementando códigos para pago electrónico y pronto dejara de  aplicarse  los pagos en efectivo, por lo que es importante también esta relación con el sector financiero.

 

Los Contadores y los Abogados  deberán trabajar juntos y si ambos son colegiados será mucho mejor porque marcaran la gran diferencia requerida en esta gran tarea que nos espera,  ya que las autoridades  ejercerán  más presencia revisora y aplicaran  las sanciones correspondientes por el incumplimiento a las normatividad de la LFPIORPI.

 

La profesión contable debe de participar en la prevención del Lavado de Dinero, no solo porque somos el gremio que  maneja  las áreas de finanzas y administración,  sino por un convencimiento de responsabilidad y ética profesional.  México nos necesita para apoyar en el crecimiento sano de un mejor país cumpliendo con la tarea que nos corresponde.

 

Nota: Si te llego carta invitación de la Administración Central de Asuntos  Jurídicos de Actividades Vulnerables de la  Administración General Jurídica del Servicio de Administración Tributaria, te anexo un comunicado del IMCP con  Folio No.: 77/2018-2019  Asunto: Precisión respecto de las invitaciones enviadas por el SAT – actividades vulnerables,  que te puede apoyar a darle seguimiento.  

 

Atentamente

 

Ceci Fiscalista

 

11 de Octubre de 2019

 

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Folio-77.-Precisiones-a-invitaciones-SAT
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